NUEVOS TIPOS DE IVA E IRPF

Hemos creido importante hacer este resumen para información de todos nuestros clientes y amigos

El próximo día 1 de Septiembre entran en vigor los nuevos porcentajes aplicables de IVA e IRPF, según lo establece el RDL 20/2012, quedando como sigue:

IVA

TIPO GENERAL:
Hasta el 31-08-2012 : 18 %
Desde el 01-09-2012: 21 %
TIPO REDUCIDO:
Hasta el 31-08-2012 8 %
Desde el 01-09-2012 10 %
TIPO SUPERREDUCIDO:
Hasta el 31-8-2012 4 %
Desde el 01-09-2012 4 %

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Nuevas retenciones para autónomos y profesionales,.

Retenciones sobre rendimientos de actividades profesionales
LIRPF art.101.5.a) y disp.trans.23ª redacc RDL 20/2012 art.25.segundo.dos y tres, BOE 14-7-12
Se ha incrementado el porcentaje de retención aplicable a los rendimientos de actividades profesionales que se satisfagan o abonen a partir del 1-9-2012.
Se ha modificado el porcentaje de retención aplicable a los rendimientos de actividades profesionales, de forma que, en función de cuál sea la fecha en la que se satisfagan o abonen los citados rendimientos, el porcentaje aplicable es el siguiente:
– hasta el 31-8-2012: 15%;
– desde el 1-9-2012 hasta el 31-12-2013: 21%;
– a partir del 1-1-2014: 19%.

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Exención de tributación de las indemnizaciones por despido. (ACLARACIONES DESPUES DE LA REFORMA LABORAL)

Se aclara el tratamiento en el IRPF de las indemnizaciones por despido, como consecuencia de las diversas modificaciones introducidas por la reforma laboral.

Con efectos desde el 12-2-2012 se modifica la regulación de la exención de las indemnizaciones por despido en el IRPF de manera que:
1) Desaparece la referencia que se hacía en la normativa del IRPF al supuesto de extinción del contrato de trabajo con anterioridad al acto de conciliación, pues la misma carece de virtualidad desde la entrada en vigor de la reforma laboral. Hay que tener en cuenta que con la aprobación de la reforma laboral ha desaparecido el denominado «despido express», esto es, el reconocimiento por parte del empresario (con opción entre readmisión o indemnización) de la improcedencia del despido, ofreciendo la indemnización (depositándola en el juzgado o abonándola al trabajador), pues su objeto no era otro que conseguir la exención empresarial completa del abono de los salarios de tramitación o su paralización limitándose su cuantía (ET art.56 redacc L 3/2012).

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Se suprimen las licencias y autorizaciones previas para la puesta en marcha de negocios

Real Decreto-ley 19/2012, de 25 de mayo, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios.

Mediante este real decreto-ley se avanza en la liberalización del comercio, eliminando todos los supuestos de autorización o licencia municipal previa, motivados en la protección del medio ambiente, de la seguridad o de la salud públicas, ligados a establecimientos comerciales y otros que se detallan en el anexo con una superficie de hasta 300 metros cuadrados. Se sustituye la autorización previa por un régimen de control ex post basado en una declaración responsable. La flexibilización se extiende también más allá del ámbito de aplicación de la reforma de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, y afecta también a todas las obras ligadas al acondicionamiento de estos locales que no requieran de la redacción de un proyecto de obra de conformidad con la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación. De esta manera, se podrá iniciar la ejecución de obras e instalaciones y el ejercicio de la actividad comercial y de servicios con la presentación de una declaración responsable o comunicación previa, según el caso, en la que el empresario declara cumplir los requisitos exigidos por la normativa vigente y disponer de los documentos que 5;s de estar en posesión del justificante del pago del tributo correspondiente cuando sea preceptivo. Leer el resto de esta entrada »


EL GOBIERNO INCENTIVA FISCALMENTE LA INVERSION EN INMUEBLES

Se aprueba una exención parcial de las ganancias patrimoniales derivadas de la transmisión de bienes inmuebles urbanos que se adquieran a partir del 12-5-2012 y hasta el 31-12-2012.

Se declaran exentas en el IRPF en un 50% las ganancias patrimoniales que se pongan de manifiesto con ocasión de la transmisión de inmuebles urbanos adquiridos a título oneroso a partir del 12-5-2012 y hasta el 31-12-2012. Leer el resto de esta entrada »


Reforma Laboral 2012 RDL 3/2012

A continuación se resume las notas más detacadas de la Reforma del Mercado Laboral, RDL3/2012, publicado en el BOE de 10 de febrero:

– Se autoriza el uso de las ETT como agencias privadas de colocación, debiendo asegurar su gratuidad en la prestación de servicios  a los trabajadores.

– Los trabajadores con al menos un año de antigüedad en la empresa tienen derecho a un permiso retribuido de 20 horas anuales de formación vinculada al puesto de trabajo acumulables por un periodo de hasta tres años. La concreción del disfrute del permiso se fijará de mutuo acuerdo entre trabajador y empresario.

–La formación recibida por el trabajador a lo largo de su carrera profesional, de acuerdo con el Catálogo de Cualificaciones Profesionales, se inscribirá en una cuenta de formación, asociada al número de afiliación a la Seguridad Social.

– Centros y entidades de formación acreditados podrán ejecutar los planes de formación tanto a nivel estatal como autonómico.

– En el Contrato para la formación y el aprendizaje se eleva la edad máxima para acceder a él. Hasta que la tasa de desempleo en nuestro país se sitúe por debajo del 15 por ciento podrán realizarse contratos para la formación y el aprendizaje con trabajadores menores de 30 años sin que sea de aplicación el límite máximo de edad establecido en el párrafo primero del artículo 11.2.a) del Estatuto de los Trabajadores.

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Interés legal del dinero e intereses de demora Tipos de interés legal del dinero e interés de demora para el 2012

RDL 20/2011, BOE 31-12-11
Durante el año 2012 se mantendrán los mismos tipos de interés fijados para el 2011.
A partir del 1-1-2012 se produce la prórroga general de la L 39/2010 de Presupuestos Generales del Estado para el año 2011. En consecuencia, los tipos de interés legal del dinero e interés de demora para el año 2012 serán los mismos que los fijados para el 2011; esto es:
– el tipo de interés legal del dinero es del 4%; y
– el interés de demora del 5%.


Revalorización de pensiones para 2012 y mantenimiento del poder adquisitivo

En tanto se apruebe la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2012, lo establecido en la L 39/2010, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2011, así como de sus disposiciones de desarrollo, mantiene su vigencia en 2012 con las modificaciones y excepciones que a continuación se establecen:

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Cotización en el RETA durante 2012

A partir del 1-1-2012, la base de cotización para los trabajadores autónomos se fija en función de la edad que tengan en esa fecha, conforme a las reglas que se indican:
a) Es la que elija el propio trabajador, dentro de los límites que representan las bases mínima y máxima, en el caso de:
– trabajadores autónomos menores de 47 años, o;
– trabajadores autónomos de 47 años, siempre que su base de cotización en el mes de diciembre de 2011 haya sido igual o superior a 1.682,70 €/mes; si su base de cotización es inferior a 1.682,70 €/mes no pueden elegir una base de cuantía superior a 1.870,50 €/mes, salvo que ejerciten su opción en tal sentido antes del 30-6-2012, lo que va a producir efectos a partir del 1-7-2012.

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Novedades en la deducción por inversión en vivienda habitual

Con efectos desde el 1-1-2011 se introdujo un límite a la aplicación de la deducción por inversión en vivienda habitual, de manera que, tanto la deducción por adquisición o rehabilitación de vivienda habitual como por cuenta vivienda, incluidos los supuestos de nulidad matrimonial, divorcio o separación judicial, podían ser aplicadas, exclusivamente, por los contribuyentes cuya base imponible fuese inferior a 24.107,20 euros anuales.
Asimismo, desde esa misma fecha, la deducción por obras e instalaciones de adecuación de la vivienda por razón de discapacidad, incluidos los elementos comunes del edificio y los que sirvan de paso necesario entre la finca y la vía pública, sólo podía ser aplicada por aquellos contribuyentes cuya base imponible fuese inferior a 24.107,20 euros anuales.

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